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Guardias de seguridad privada

El decreto ley Nº 3.607, de 1981, autoriza el funcionamiento de vigilantes privados, con el propósito de prestar protección y seguridad en el interior de edificios, destinados a la habitación, oficinas o a otra finalidad; de conjuntos habitacionales; de recintos, locales, plantas u otros establecimientos de empresas, cualquiera sea su naturaleza, tales como industrias, comercio, establecimientos mineros y, en general, la protección y seguridad de los bienes y personas que haya en dichos lugares, constituyendo para esta sola finalidad oficinas de seguridad.

Amparados y certificados con las normas vigentes del estado es que nace JMO Seguridad Privada.

Con más de 10 años de experiencia y ahora propulsando nuestra propia marca es que nos concentramos en la prestación de servicios integra por parte de nuestro personal, que es la selección de recursos humanos, nuestra base para entregar la confianza que necesitan nuestros clientes.Nuestro personal dentro de las instrucciones y espíritu de la empresa tienen como consigna esta labor como profesión y medio habitual de vida, consideramos que no son simplemente individuos que visten un uniforme representativo de la empresa. Ellos se encuentran en un puesto y como objetivo prima el permanente estado de alerta y la capacitación continua sumado a la supervisión constante los cuales permiten actuar preventivamente.